cuerpo de delito - significado y definición. Qué es cuerpo de delito
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Qué (quién) es cuerpo de delito - definición

MOTIVO APORTADO AL PROCESO JUDICIAL POR LOS MEDIOS Y PROCEDIMIENTOS ACEPTADOS EN LA LEY
Cuerpo del delito; Prueba (Derecho)
Resultados encontrados: 72209
cuerpo de delito      
Sinónimos:
Prueba (derecho)         
La prueba, en Derecho, es todo motivo o razón aportado al proceso por los medios y procedimientos aceptados en la ley para llevarle al juez al convencimiento de la certeza sobre los hechos discutidos en un proceso. Ciertos autores le asignan a la prueba el fin de establecer la verdad de los hechos y no solamente el convencimiento al juez.
cuerpo del delito         
Sinónimos:
Delito de acción privada         
Delito de accion privada
Se denomina delito privado o delito de acción privada, en Derecho procesal penal, a un tipo de delito que, por no considerarse de una gravedad tal que afecte al orden público de la sociedad, no puede ser perseguido de oficio por los poderes públicos (es decir, policía, jueces o Ministerio público), sino que es necesaria la intervención activa de la víctima como impulsora de la acción de la justicia y como parte en el proceso judicial.
Cuerpo de descomposición         
Cuerpo de descomposicion
En álgebra abstracta, se puede considerar el cuerpo de descomposición de un polinomio (o familia de polinomios) o de un cuerpo.
Teoría del delito         
  • Teoría del delito
MARCOS TEÓRICOS SOBRE EL DELITO
Teoría de delito; Teoria del delito; Teoria de delito; Teoría jurídica del delito; Teoría general del delito
La teoría del delito "es un sistema categorial clasificatorio y secuencial en el que, peldaño a peldaño, se van elaborando, a partir del concepto básico de la acción, los diferentes elementos esenciales comunes a todas las formas de aparición del delito."
XXX Cuerpo de Ejército (Reino Unido)         
  • Grave]] durante la Operación Market Garden.
Cuerpo XXX Británico; XXX Cuerpo de Ejercito (Reino Unido); Cuerpo XXX Britanico; XXX Cuerpo de Ejército británico; XXX Cuerpo de Ejercito Britanico; XXX Cuerpo de Ejército Británico
El XXX Cuerpo de Ejército británico fue un cuerpo de ejército del Ejército británico (Reino Unido), durante la Segunda Guerra Mundial, que tomó parte tanto en operaciones de la campaña del norte de África como en operaciones en el Frente de Europa Occidental.
Cuerpo de ejército         
TIPO DE UNIDAD MILITAR
Cuerpo de ejercito; Cuerpo de Ejército; Cuerpos de Ejército; Cuerpo del ejército
Un cuerpo de ejército es una unidad militar integrada por dos o más divisiones que actúan más o menos juntas y bajo un único mando, normalmente un general de división, aunque otros ejércitos tienen rangos como el de teniente general, general o mariscal de campo.
Cuerpo diplomático         
  • El Canciller Gonzalo Gutiérrez Reinel recibiendo el saludo del Cuerpo Diplomático acreditado en el [[Perú]] en 2014.
Cuerpo diplomatico
El Cuerpo diplomático, o en francés corps diplomatique (el francés fue durante siglos la lengua franca de la diplomacia; de aquí que el término se utilice todavía, por ejemplo, en neerlandés), es el conjunto de diplomáticos acreditados ante un país u organización.
cuerpo diplomático         
  • El Canciller Gonzalo Gutiérrez Reinel recibiendo el saludo del Cuerpo Diplomático acreditado en el [[Perú]] en 2014.
Cuerpo diplomatico
Política.
Conjunto de los representantes diplomáticos extranjeros en un país.

Wikipedia

Prueba (derecho)

La prueba, en Derecho, es todo motivo o razón aportado al proceso por los medios y procedimientos aceptados en la ley para llevarle al juez al convencimiento de la certeza sobre los hechos[1]​ discutidos en un proceso. Ciertos autores le asignan a la prueba el fin de establecer la verdad de los hechos y no solamente el convencimiento al juez.[2]

Desde un punto de vista procesal, la prueba se aprecia desde tres aspectos: desde su manifestación formal (medios de prueba), desde su manifestación sustancial (los hechos que se prueban) y desde el punto de vista del resultado subjetivo (el convencimiento en la mente del juzgador).[3]​ En cuanto a la primera manifestación los medios de prueba son los vehículos a través de los cuales probamos un hecho, objeto o circunstancia y están establecidos en la ley (testimonios, peritajes, inspecciones, etcétera), mientras que la manifestación sustancial hace referencia a los hechos que se quieren probar a través de esos medios (existencia de un contrato, comisión de una infracción, etcétera).

Se pueden probar todos los hechos, a excepción de los hechos negativos sustanciales y de los hechos que son moral y físicamente imposibles. En un proceso judicial se deben probar los hechos que son objeto de litigio, teniendo generalmente la carga de la prueba aquel que ha afirmado un hecho que no ha sido admitido por la contraparte.

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